(Calendario del Contribuyente)
Se ponen al cobro en dos semestres el Impuesto sobre Bienes Inmuebles Urbanos (IBI), Imp. sobre Bienes Inmuebles de Características Especiales (IBE), Tasa por Entrada de Vehículos (TEV) y Tasa por Aprovechamiento de la Vía Pública con Kioscos (TKI). En un semestre, con carácter anual por tanto, se emiten el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVM), en el primero, y el Impuesto sobre bienes Inmuebles Rústicos (RUS) en el segundo.La recaudación en período voluntario concluirá el día del vencimiento de los correspondientes plazos de ingreso. Si coincide con un sábado o con un día inhábil quedará trasladado al primer día hábil siguiente.
Las deudas no satisfechas en los períodos citados determinarán el inicio del período ejecutivo y su exigencia por el procedimiento de apremio.
Para que la deuda en período voluntario quede extinguida debe ser pagada en su totalidad.
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